top of page
Buscar

Ley Olimpia cumple 3 años de lucha contra la violencia digital


sta semana se conmemoraron tres años desde la aprobación nacional de la Ley Olimpia, una legislación pionera en la lucha contra la violencia digital en México. Esta ley, nombrada en honor a la poblana Olimpia Coral Melo, una joven que fue víctima de violencia de género en línea, busca prevenir, sancionar y erradicar la violencia digital en todas sus formas.


La Ley Olimpia surgió a raíz de la valiente denuncia de la originaria de Huachinango, Olimpia Coral Melo, de quien se difundió un video íntimo sin su consentimiento. Su lucha por justicia y su clamor por un cambio en la legislación mexicana inspiraron a legisladores y activistas a trabajar en una ley que protegiera a las personas de la violencia digital.


Entre los beneficios de la Ley Olimpia se encuentran la penalización de la violencia digital, la protección de la privacidad y la intimidad en línea, y el acceso a medidas de prevención y atención para las víctimas. Además, esta legislación ha contribuido a crear conciencia sobre la importancia de combatir la violencia de género en todos los espacios, incluido el digital.


A lo largo de estos tres años, la Ley Olimpia ha sido un faro de esperanza para quienes han sido víctimas de violencia en línea, brindándoles herramientas legales para defender sus derechos y exigir justicia. Sin duda, su impacto ha sido significativo en la lucha contra la violencia de género en el entorno digital, pero aún queda mucho por hacer para garantizar un internet seguro y libre de violencia para todas las personas.


“Este lunes 29 de abril hacemos 3 años de la aprobación de la #LeyOlimpiaNacional y tenemos mucho que decir. Caminos de resiliencia y mucho amor colectivo (…) Un día como hoy pero del año 2021 logramos recuperar las esperanzas de no ser nosotras las juzgadas y de nombrar lo digital como algo real #leyolimpia3años, publicó en su red social X, Olimpia.


Olimpia hizo un recuento de lo que ocurrió para que se aprobara dicha ley y publicó fotos de las mujeres que la acompañaron en la lucha por la legislación. “Llegamos juntas, con nuestros propios recursos. Recuperamos con amor las fuerzas que cayeron cuando nuestros agresores nos difundieron pensando que acabarían con nuestras vidas. Pero hicimos lo inimaginable: tomamos nuestros cuerpos rotos y construimos un ley”, fueron parte de los mensajes.


¿Qué dice la Ley Olimpia sobre la difusión de contenido sexual sin consentimiento?

Lo primero que hay que puntualizar es que la llamada Ley Olimpia no es una norma en específico, sino que son un conjunto de reformas al Código Penal Federal, a la Ley General de Acceso a las Mujeres para una Vida Libre de Violencia y a los Códigos Penales Estatales, en los que se introduce el término de “Violencia digital y mediática”, misma que surgió a partir de las redes sociales.


En el caso del Código Penal Federal en su artículo 199 Octies estipula, “Comete el delito de violación a la intimidad sexual, aquella persona que divulgue, comparta, distribuya o publique imágenes, videos o audios de contenido íntimo sexual de una persona que tenga la mayoría de edad, sin su consentimiento, su aprobación o su autorización. Así como quien videograbe, audiograbe, fotografíe, imprima o elabore, imágenes, audios o videos con contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación, o sin su autorización”.


Mientras que la LGAMVLV en su artículo 20 Quáter estipula que “Violencia digital es toda acción dolosa realizada mediante el uso de tecnologías de la información y la comunicación, por la que se exponga, distribuya, difunda, exhiba, transmita, comercialice, oferte, intercambie o comparta imágenes, audios o videos reales o simulados de contenido íntimo sexual de una persona sin su consentimiento, sin su aprobación o sin su autorización”.


¿Cómo se puede proceder ante un delito de violencia digital?

En caso de decidir proceder legalmente por el delito de Violencia Digital, la primera recomendación es buscar proteger la integridad mediante una red de apoyo y acompañamiento para el levantamiento de la denuncia, además de reunir capturas de pantalla con hora y fecha visible, guardar la página como pdf, el link y cualquier mensaje o conversación relacionada, además de respaldar las fotos y videos que la otra persona está exhibiendo.

Junto con lo antes mencionado, en medida de lo posible se debe identificar el nombre de la persona que está cometiendo el delito, así como cualquier dato que permita su identificación, además de que se aconseja ubicar todos los medios, redes sociales y páginas de internet en las que las que el contenido está siendo difundido.


Finalmente, la víctima deberá acudir a cualquier agencia del ministerio público con una identificación oficial, así como un dispositivo USB o CD con todo el material que se haya recopilado como evidencia, ya que este se quedará para ser analizado por las autoridades, además de poder responder "¿qué hizo?, ¿quién lo hizo?, ¿cuándo?, ¿cómo?", para poder establecer una hipótesis del móvil, además de que en caso de ser varias las víctimas, pueden acudir en conjunto con una representación común.

bottom of page