El pleno del Congreso del Estado aprobó, con 29 votos a favor, siete en contra y cuatro abstenciones, la despenalización del aborto durante una sesión que inició con más de una hora de retraso, debido a que grupos ProVida y Frente por la familia agredieron a legisladores, al tratar de impedirle la entrada al recinto.
La sesión se realizó a puerta cerrada en el recinto legislativo, en el Centro Histórico de la capital poblana, debido a que el principal acceso fue bloqueado por grupos ProVida y posteriormente llegaron grupos a favor del aborto.
Así pasadas las 11 horas empezó la sesión, y en el punto 6 de la Orden del Día se dio lectura al dictamen con para reformar los artículos 339, 340, 341, 342 y 343 del Código Penal del Estado de Puebla, por el que ya no se penaliza a la mujer que interrumpa su embarazo antes de las 12 semanas de gestación.
Con ello Puebla es el décimo cuarto estado del país en despenalizar el aborto y, con ello, homologa su legislación. Hace más de tres años la Suprema Corte de Justicia de la Nación había señalado la ‘inconstitucionalidad’ del Código Penal de Puebla por limitar el ejercicio del derecho a decidir por parte de las mujeres; además que contemplaba la penalización con cárcel para las mujeres que interrumpieran el embarazo en cualquier etapa, junto con la sanción al personal que brindara apoyo a la mujer para interrumpir el embarazo.
Reformas en el Código Penal
En el documento se reforman los artículos 339, 340, 341, 342 y 343 del Código Penal del Estado Libre y Soberano de Puebla, para quedar como sigue:
Artículo 339. Comete el delito de aborto quien interrumpe el embarazo después de la décima segunda semana de gestación.
Artículo 340. Se impondrán de quince días a dos meses de trabajo en favor de la comunidad a la mujer o persona gestante que voluntariamente procure su aborto o consienta en que otro la haga abortar, después de las catorce semanas de embarazo.
A la persona que hiciere abortar a una mujer o persona gestante, sea cual fuere el medio que empleare, siempre que lo haga con consentimiento de ella, se impondrán de 15 días a 2 meses de prisión y multa de hasta de cien Unidades de Medida y Actualización.
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